Articulo 163 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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Artículo 163. Declaración de porte.

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Queda derogado el artículo 149 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y cuantas referencias a la declaración de porte, así como a las fianzas afectas al cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones dimanantes de las autorizaciones de transporte discrecional por carrera y de actividades auxiliares y complementarias del transporte, se contengan en las normas dictadas para el desarrollo o aplicación de la referida Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1996 en vigor desde 01-01-1997