Articulo 163 Hacienda pública

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Artículo 163. Ámbito de la auditoría de cuentas anuales.

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La Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja realizará anualmente la auditoría de las cuentas anuales de.

a) Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y los consorcios contemplados en el artículo 4.1.f) de esta ley.

b) Las fundaciones públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja obligadas a auditarse por su normativa específica.

c) Las sociedades públicas y las fundaciones públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja no sometidas a la obligación de auditarse que se hubieran incluido en el plan anual de auditorías y de actuaciones de control financiero.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-10-2013 en vigor desde 01-01-2014