Articulo 163 biodiversida...io natural

Articulo 163 biodiversidad y patrimonio natural

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 163. Otras ayudas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se podrán conceder ayudas para la realización de programas de conservación a las personas titulares de terrenos o derechos reales y a asociaciones sin ánimo de lucro cuyo fin principal tenga por objeto la conservación de la naturaleza, cuando dichos programas afecten especialmente al ámbito de un espacio natural protegido.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-2023 en vigor desde 28-02-2023