Articulo 162 Régimen local de C. Valenciana
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»Artículo 162. Funciones públicas necesarias.
Vigente
(SIN CONTENIDO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat. [2018/12241]
(DOGV de 28-12-2018) en vigor desde 01-01-2019