Articulo 162 Código de accesibilidad

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Artículo 162. Ámbito de aplicación

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162.1 La tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad de uso individual y para el trasporte colectivo expedida en Cataluña sirve para acreditar el derecho de las personas titulares a beneficiarse de las facilidades reconocidas en los diferentes estados y regiones de la Unión Europea.

162.2 Los beneficios de la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad de uso individual y para el transporte colectivo se aplican a todas las personas que circulan por el territorio de Cataluña que son titulares de tarjetas de aparcamiento expedidas según el modelo comunitario europeo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 01-03-2024