Articulo 1604 Código civil
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»Artículo 1604
Vigente
Se constituye el censo cuando se sujetan algunos bienes inmuebles al pago de un canon o rédito anual en retribución de un capital que se recibe en dinero, o del dominio pleno o menos pleno que se transmite de los mismos bienes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889