Articulo 160 Medidas fisc...nes de CO2

Articulo 160 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y creación de impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, estancias en establecimientos turísticos, elementos radiotóxicos, bebidas azucaradas envasadas y emisiones de CO2

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Artículo 160. Modificación de la Ley 16/2008 en relación con la actuación del Gobierno como órgano de contratación

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Se añade un apartado, el 6, al artículo 45 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras, con el siguiente texto:

«6. No obstante lo establecido por el apartado 1, el Gobierno puede actuar como órgano de contratación en relación con grandes proyectos estratégicos de carácter horizontal y de especial trascendencia, previa deliberación del Consejo Técnico, en que se aprecie la concurrencia de circunstancias excepcionales.

»En estos supuestos, el Gobierno inicia la tramitación del expediente de contratación mediante un acuerdo y adopta el acuerdo de adjudicación del contrato. La tramitación del expediente, el control de la ejecución y el ejercicio del resto de potestades que corresponden al órgano de contratación corresponden al departamento que el Gobierno determine, así como la partida presupuestaria a la que debe aplicarse el gasto.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-03-2017 en vigor desde 31-03-2017