Articulo 16 undecies Fina...s residuos

Articulo 16 undecies Financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos

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Artículo 16 undecies. Exenciones

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Quedan exentos del canon sobre la disposición de residuos, la Administración General del Estado, la Generalidad de Cataluña y las corporaciones locales, así como sus organismos y los que dependen de la misma, cuando lleven a cabo el hecho imponible del canon con motivo de actuaciones de remediación, recuperación y descontaminación de espacios degradados y suelos contaminados, declaradas de interés general por ley y que comporten actuaciones subsidiarias por parte de la Administración, ya sea de forma directa o indirecta.