Articulo 16 Transparencia y buen gobierno
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»Artículo 16. Obligaciones de información sobre encomiendas de gestión y encargos a medios propios
Vigente
Los sujetos citados en el artículo 3.1.a), además de la información que debe hacerse pública según la normativa básica en materia de transparencia, también indicarán anualmente, en el caso de las encomiendas de gestión y encargos a medios propios, el porcentaje de actividad realizada por el medio propio a favor de los entes de control.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-02-2016 en vigor desde 06-03-2016