Articulo 16 TR de la NF. ...upuestaria

Articulo 16 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria

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Artículo 16. Régimen jurídico de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Foral.

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1. Los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Foral se regularán por las reglas contenidas en este Capítulo y en las normas especiales que les sean aplicables.

2. La aplicación de los tributos se ajustará a lo dispuesto en la Norma Foral General Tributaria de acuerdo con su sistema de fuentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-12-2013 en vigor desde 14-12-2013