Articulo 16 TR de la ley ...alvamentos

Articulo 16 TR. de la ley por la que se regulan los servicios de prevencion, extincion de incendios y salvamentos

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Artículo 16. Funciones, escalas y categorías.

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1. Las funciones que corresponden, con carácter general, a las diferentes Escalas del Cuerpo de Bomberos son las siguientes:

  1. En la Escala Técnica o de Mando:

    • Para la Categoría de Inspector, funciones de dirección y coordinación de unidades técnicas y operativas de nivel superior, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.

    • Para la Categoría de Oficial de Área y Técnico, funciones de coordinación y mando de unidades técnicas y operativas de nivel intermedio, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.

  2. En la Escala Ejecutiva u Operativa:

    • Para las Categorías de Jefe Supervisor, Jefe de Equipo y Jefe de Dotación, funciones de inspección y mando de unidades operativas y logísticas, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.

    • Para la Categoría de Bombero Especialista, funciones de inspección y operativas en tareas de prevención, extinción de incendios y salvamentos.

    b.1. En la Especialidad de Comunicaciones:

    • Para la Categoría de Jefe de Sala, funciones de inspección y mando de los Centros de Comunicaciones.

    • Para la Categoría de Operador, funciones operativas de los Centros de Comunicaciones.

2. Reglamentariamente se desarrollarán las funciones que corresponden a cada una de las Categorías que integran las diferentes Escalas del Cuerpo de Bomberos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-10-2006 en vigor desde 27-10-2006