Articulo 16 Título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico y enseñanzas mínimas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
Vigente
1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico, para su convalidación o exención, queda determinada en el Anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico con las unidades de competencia, para su acreditación, queda determinada en el Anexo V B) de este real decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011