Articulo 16 Reglamento de...Industrial

Articulo 16 Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

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Artículo 16. Condiciones y requisitos de organización y funcionamiento.

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(DEROGADO)

La entidad de acreditación deberá actuar con imparcialidad, independencia e integridad y llevar a cabo sus funciones con solvencia técnica y financiera, para lo cual deberá cumplir las siguientes condiciones y requisitos.

a) Tener personalidad jurídica propia.

b) Organizarse de acuerdo con los criterios y normas sobre acreditación que emanen de la Unión Europea, para conseguir su equiparación con otros organismos similares de los Estados miembros.

c) Cumplir las normas que le sean de aplicación de la serie UNE 66.500 (EN 45000).

d) En su estructura organizativa deberá contener órganos de gobierno y representación donde estarán representados de forma equilibrada, tanto las Administraciones como las partes interesadas en el proceso de acreditación. La representación de las Administraciones públicas será designada por el Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial, paritariamente entre la Administración General del Estado y la Administración Autonómica.

e) En la comisión permanente de los órganos de gobierno para la vigilancia de la gestión de la entidad participará un representante de la Administración pública competente en materia de calidad y seguridad industrial que generó funcionalmente su constitución y consecuente reconocimiento.

f) Su organización deberá separar los aspectos técnicos de los de gobierno y representación, debiendo estar estructurados los primeros de manera que la imparcialidad de sus actuaciones esté garantizada respecto a intereses de grupo.

g) Tener establecidos Comités Técnico-Asesores de Acreditación en las distintas áreas de acreditación, integrados por expertos en las materias correspondientes.

h) Disponer de los medios materiales apropiados para el desarrollo de sus actividades.

i) Disponer del personal permanente adecuado al tipo, extensión y volumen de la actividad a desempeñar.

j) Tener carácter multisectorial e integrarse en las organizaciones europeas de acreditación que tengan como objetivo la consecución del reconocimiento mutuo de las acreditaciones concedidas por sus miembros y de las actividades de las entidades y organismos por ellas y participar en el desarrollo de criterios y normas europeas sobre acreditación.

k) Mantener un sistema que permita demostrar en cualquier momento su solvencia financiera, así como que dispone de los recursos económicos requeridos para asegurar la continuidad del sistema de acreditación.

l) Disponer de procedimientos específicos para el tratamiento de las reclamaciones que puedan recibirse de clientes u otras partes afectadas por sus actividades y mantener un archivo con todas las reclamaciones recibidas y actuaciones adoptadas respecto a las mismas.

m) Suscribir pólizas de seguro que garanticen la cobertura de su responsabilidad por una cuantía mínima de doscientos millones de pesetas, sin que la misma limite dicha responsabilidad. La citada cuantía será actualizada anualmente en función del índice de precios al consumo.

n) Las actividades de la entidad y de su personal son incompatibles con cualquier vinculación técnica, comercial, financiera o de cualquier otro tipo que pudiera afectar a su independencia e influenciar el resultado del proceso de acreditación.