Articulo 16 Reglamento Ge...as Armadas

Articulo 16 Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 16. Asesores del Consejo Rector y de la Junta de Gobierno.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A las sesiones del Consejo Rector y de la Junta de Gobierno podrán asistir, en calidad de asesores, los titulares de los órganos directivos de la Gerencia, así como los funcionarios y expertos que en cada momento estimen conveniente los respectivos presidentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 27-12-2007