Articulo 16 Régimen juríd...ctividades

Articulo 16 Régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades

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Artículo 16. Segregaciones

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Las divisiones, segregaciones o cualquier otra operación o negocio jurídico que, directa o indirectamente, suponga un incremento del número de establecimientos con respecto a los autorizados deberán obtener la autorización correspondiente, de acuerdo con la normativa urbanística.