Articulo 16 Presupuestos 2021 Cantabria
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»Artículo 16. Operaciones de endeudamiento con Administraciones Públicas.
Vigente
Con independencia de los límites señalados en los artículos anteriores, las entidades integradas en el sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria podrán formalizar préstamos, anticipos reintegrables y cualquier otra operación similar no considerada endeudamiento en aplicación del Protocolo de Déficit Excesivo (PDE) por concertarse con administraciones y entidades públicas clasificadas como Administración Pública a efectos del Sistema Europeo de Cuentas (SEC).
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2020 en vigor desde 01-01-2021