Articulo 16 Plataforma de...estigación

Articulo 16 Plataforma de colaboración en apoyo del funcionamiento de los equipos conjuntos de investigación

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 16. Acceso de los órganos y organismos competentes de la Unión a los espacios de colaboración de los ECI

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


De conformidad con el acuerdo sobre el ECI pertinente, el administrador o administradores del espacio del ECI concederán acceso a un espacio de colaboración del ECI, en la medida necesaria, a:

a) Eurojust, a efectos del desempeño de sus funciones establecidas en el Reglamento (UE) 2018/1727;

b) Europol, a efectos del desempeño de sus funciones establecidas en el Reglamento (UE) 2016/794;

c) la OLAF, a efectos del desempeño de sus funciones establecidas en el Reglamento (UE, Euratom) n.º 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (16), y

d) otros órganos y organismos competentes de la Unión a efectos del desempeño de las funciones establecidas en los actos jurídicos pertinentes que los creen.