Articulo 16 Norma Básica de Protección Civil
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»Artículo 16. Implantación y mantenimiento de los planes.
Vigente
La implantación y mantenimiento de los planes son el conjunto de acciones destinadas a la eficaz aplicación del plan y a garantizar su plena operatividad, e incluye medidas como:
a) La designación de los componentes de los diferentes órganos y la verificación y actualización de sus procedimientos de comunicaciones.
b) La aprobación de los protocolos necesarios para la asignación de medios y recursos.
c) La actualización de las capacidades asignadas al plan.
d) El programa de información a la población y las instrucciones y recomendaciones de autoprotección.
e) El programa de formación para los diferentes intervinientes.
f) El programa de ejercicios y simulacros.