Articulo 16 Medidas Tributarias y Administrativas 2012 C.León
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»Artículo 16. Modificación del artículo 108 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.
Vigente
Se introducen los apartados 7 y 8 en el artículo 108 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, con la siguiente redacción.
«7. Formación continuada de los profesionales sanitarios: Por la tramitación de las solicitudes de acreditación de las actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias:
- Primera acreditación: 98,46 euros.
- Reacreditación: 85,97 euros.
8. Declaración de Interés Sanitario: Por la tramitación de las solicitudes de declaración de interés sanitario de determinados actos de carácter científico o técnico: 46,57.euros.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2012 en vigor desde 01-01-2013