Articulo 16 Medidas tributarias y administrativas 2004 Aragón
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»Artículo 16. Modificación de la Tasa 26 por servicios de gestión de cotos.
Vigente
Se modifica el artículo 112 del Texto refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción:
«Artículo 112. Afectación.
La gestión de la tasa 26 por servicios de gestión de los cotos corresponde al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a cuyo presupuesto se afectará la recaudación derivada de la misma.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2004 en vigor desde 01-01-2005