Articulo 16 Medidas para paliar la crisis producida por los efectos de la guerra en Ucrania
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Articulo 16 Medidas para paliar la crisis producida por los efectos de la guerra en Ucrania

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Artículo 16. Alteración extraordinaria e imprevisible

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1. A los efectos de la letra a) del apartado primero del artículo 17 de este Decreto Ley, se entiende por alteración extraordinaria e imprevisible una variación de los precios de los materiales empleados en los términos establecidos en el artículo 7 del Real Decreto Ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras.

2. Por lo que respecta al restablecimiento del equilibrio económico de los contratos previsto en la letra b) del apartado primero del mismo artículo 17, el Consejo de Gobierno podrá acordar, con carácter orientativo, los supuestos en los que pueda considerarse que concurren circunstancias sobrevenidas determinantes de un desequilibrio económico imprevisible, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos y de los límites referidos en dicha letra b).