Articulo 16 Medidas para la inclusión social a través del empleo
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»Artículo 16. Asignación definitiva a cada Ayuntamiento.
Vigente
En el plazo de un mes a contar desde la finalización del plazo establecido en el artículo 13.4 o, en su caso, del establecido en el artículo 15.4 del presente Decreto-ley, por Orden de la persona titular de la Consejería con competencias en materia de servicios sociales a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a las Drogodependencias, se hará pública la relación de Ayuntamientos participantes en el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía y las cuantías asignadas a cada uno de ellos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014