Articulo 16 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público ...s y emisiones de CO2
Articulo 16 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y creación de impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, estancias en establecimientos turísticos, elementos radiotóxicos, bebidas azucaradas envasadas y emisiones de CO2
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 16. Autoliquidación del impuesto
Vigente
1. Los sujetos pasivos están obligados a presentar la autoliquidación del impuesto y en efectuar el correspondiente ingreso entre los días 1 y 20 del mes de febrero siguiente a la fecha de devengo del impuesto.
2. El modelo de autoliquidación debe aprobarse por orden del consejero del departamento competente en materia de hacienda.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-03-2017 en vigor desde 31-03-2017