Articulo 16 Inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales
Articulo 16 Inspecciones ...omerciales

Articulo 16 Inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 16. Régimen sancionador.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El régimen de sanciones que proceda aplicar cuando no se respeten los requisitos técnicos controlados será el establecido en la legislación sobre tráfico y seguridad vial correspondiente en función del marco competencial correspondiente, o, en su caso, en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

2. Las medidas cautelares que se puedan acordar y, en concreto, cuando se refieran a la inmovilización del vehículo, se ajustarán a lo establecido en el artículo 104 y siguientes del referido texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-06-2017 en vigor desde 20-05-2018