Articulo 16 Deporte de Navarra

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Artículo 16. Control médico y sanitario.

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El Departamento de Salud del Gobierno de Navarra regulará el control médico y sanitario de todos los practicantes en centros escolares de la actividad deportiva.

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  • Texto Original. Publicado el 16-07-2001 en vigor desde 16-08-2001