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Articulo 16 Creación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción

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Artículo 16. Conclusión de las actuaciones

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1. El director o la directora de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears emitirá un informe razonado sobre las conclusiones de las investigaciones, que remitirá al órgano que en cada caso corresponda, el cual, posteriormente y en un plazo de tres meses, informará al director o a la directora de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción sobre las medidas adoptadas o, en su caso, los motivos que le impiden actuar de acuerdo con las recomendaciones y los recordatorios formulados.

2. Si en el curso de las actuaciones emprendidas por la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción se observan indicios de que se han cometido infracciones disciplinarias o han tenido lugar conductas o hechos presumiblemente delictivos, el director o la directora de la Oficina lo comunicará al órgano que en cada caso corresponda, así como, de forma inmediata, al ministerio fiscal o a la autoridad judicial en caso de indicio de delito. Se dará también traslado a la Sindicatura de Cuentas en caso de que de las investigaciones pueda derivarse una posible responsabilidad contable, directa o subsidiaria.

3. La Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción puede dirigir recomendaciones razonadas a las administraciones y entidades públicas en las que inste la modificación, la anulación o la incorporación de criterios con la finalidad de evitar las disfunciones o las prácticas administrativas susceptibles de mejora, en los supuestos y las áreas de riesgo de conductas irregulares detectadas.

4. Si la relevancia social o la importancia de los hechos que han motivado la actuación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción lo requieren, el director o la directora de la Oficina puede presentar a la correspondiente comisión parlamentaria, a iniciativa propia o por acuerdo de la misma comisión, el informe o los informes extraordinarios que correspondan.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2016 en vigor desde 16-12-2016