Articulo 16 Coordinación ... de Murcia

Articulo 16 Coordinación de las Policías Locales de Murcia

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Artículo 16. Principios básicos de actuación.

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Los miembros de los Cuerpos de Policía Local ajustarán su actuación a los principios básicos establecidos en la legislación orgánica reguladora de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

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  • Texto Original. Publicado el 06-04-2019 en vigor desde 06-10-2019