Articulo 16 Aspectos de l... de bienes

Articulo 16 Aspectos de los contratos de compraventa de bienes

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Artículo 16. Resolución del contrato de compraventa

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1. El consumidor ejercerá el derecho a resolver el contrato de compraventa mediante una declaración al vendedor en la que exprese su decisión de resolver el contrato de compraventa.

2. Cuando la falta de conformidad se refiera solo a algunos de los bienes entregados en virtud del contrato de compraventa y haya motivos para la resolución de dicho contrato de conformidad con el artículo 13, el consumidor podrá resolver el contrato solo respecto de dichos bienes, y en relación con cualesquiera otros bienes que el consumidor hubiera adquirido junto con los bienes no conformes si no se puede razonablemente esperar que el consumidor acepte conservar únicamente los bienes conformes.

3. Cuando el consumidor resuelva un contrato de compraventa en su conjunto o, de conformidad con el apartado 2, respecto de algunos de los bienes entregados en virtud del contrato de compraventa:

a) el consumidor restituirá al vendedor, a expensas de este último, los bienes, y

b) el vendedor reembolsará al consumidor el precio pagado por los bienes tras la recepción de estos o de una prueba, aportada por el consumidor, de que los ha devuelto.

Para los fines del presente apartado, los Estados miembros podrán determinar las modalidades de devolución y reembolso.