Articulo 16 Áreas de prom...ica urbana

Articulo 16 Áreas de promoción económica urbana

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Artículo 16. Procedimiento de inscripción

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1. En el plazo de un mes a contar de la suscripción del convenio entre el ayuntamiento y la entidad gestora del área de promoción económica urbana, el ayuntamiento debe solicitar a la dirección general competente la inscripción del área en el Registro de las áreas de promoción económica urbana de Cataluña. Debe adjuntarse a la solicitud la siguiente documentación:

a) Un ejemplar del plan de actuación.

b) Un ejemplar del convenio suscrito entre la entidad gestora y el ayuntamiento.

c) Una copia autorizada del documento público de la constitución de la entidad, debidamente inscrita en el correspondiente registro.

d) Un certificado del acuerdo de aprobación definitiva de la constitución del área adoptado por el ayuntamiento.

e) Un plano a escala en el que se identifique la delimitación del área, se localicen los locales con indicación de la superficie construida de cada uno y se identifiquen las personas titulares del derecho de posesión de los locales (nombre o razón social, número de identificación fiscal y domicilio del establecimiento del cual es titular del derecho de posesión en la zona).

2. El órgano de la dirección general que tenga atribuida la competencia debe inscribir el área en el Registro de las áreas de promoción económica urbana de Cataluña en el plazo de un mes a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución de la inscripción en el ayuntamiento, se entiende acordada la inscripción.

3. El ayuntamiento debe comunicar al Registro de las áreas de promoción económica urbana de Cataluña las modificaciones del plan de actuación, del convenio, de la delimitación del área o cualquier otra modificación que afecte al funcionamiento del área, que deben ser aprobadas por el ayuntamiento. También debe comunicar la extinción del área.

4. Las resoluciones de inscripción en el Registro de las áreas de promoción económica urbana de Cataluña deben tener en cuenta los principios de minimización de datos y de exactitud, de acuerdo con lo establecido en el marco normativo aplicable en materia de protección de datos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2020 en vigor desde 13-01-2021