Articulo 16 Agencia Canar... Climático

Articulo 16 Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático

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Artículo 16.- Régimen jurídico.

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1. La Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático se rige por lo dispuesto en la presente Ley y en sus estatutos.

2. En el ejercicio de sus potestades administrativas, la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático adecuará su actuación a los preceptos de la ley básica de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.