Articulo 159 Código de accesibilidad
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»Artículo 159. Objeto
Vigente
El objeto de este capítulo es regular las condiciones de uso, los criterios de concesión de las tarjetas de aparcamiento para personas con discapacidad y de las plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad de uso general o de uso individual.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 01-03-2024