Articulo 158 Reestructura...nistrativa

Articulo 158 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 158. Régimen jurídico

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana se rige por la presente ley, por sus estatutos, por el texto refundido de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la empresa pública catalana, aprobada por el Decreto legislativo 2/2002, de 24 de diciembre, y por las demás normas aplicables.

2. La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana somete su actividad en las relaciones externas, con carácter general, a las normas de derecho civil, mercantil y laboral que le son de aplicación, salvo los actos que implican el ejercicio de potestades públicas, que se someten al derecho público.

3. La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana se somete al derecho público en las relaciones con el departamento al que está adscrita, en el régimen de adopción de acuerdos y en la organización y el funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno, a los cuales es de aplicación la normativa general sobre órganos colegiados de la Administración de la Generalidad. También se somete al derecho público en las demás materias que, de acuerdo con la presente ley, están sujetas a este.

4. Las resoluciones del Consejo de Administración y del consejero delegado o consejera delegada de la Agencia para la Competitividad de la Empresa agotan la vía administrativa. Contra dichas resoluciones puede interponerse recurso potestativo de reposición o directamente recurso ante la jurisdicción contenciosa administrativa.

Modificaciones