Articulo 158 Medidas tributarias 2007 Aragón
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»Artículo 158.-Sujeto pasivo.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa las personas y entidades a que se refiere el artículo 13 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que soliciten o a cuyo favor se realicen las actuaciones que constituyen el hechoimponible.