Articulo 157 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
Artículo 157. Naturaleza
1. La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana está adscrita al departamento competente en materia de industria, que ejerce el control de eficacia y eficiencia sobre la actividad de la Agencia para garantizar la máxima diligencia en el cumplimiento de sus funciones y en la prestación de sus servicios.
2. La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana es una entidad de derecho público de la Generalidad que actúa sujeta al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar, patrimonio propio y plena autonomía funcional y de gestión para cumplir sus funciones.
3. Participan en los órganos de gobierno de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, en los términos establecidos por la presente ley y por los estatutos de la Agencia, representantes de las instituciones, las corporaciones de derecho público, las asociaciones y los agentes sociales cuya actividad tiene relación directa con la innovación, la internacionalización, el emprendimiento y el desarrollo empresarial.
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011