Articulo 157 Medidas tributarias 2007 Aragón
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 157.-Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización, por el Comité Etico de Investigación Clínica de Aragón (CEICA), de las actuaciones dirigidas a la evaluación de los ensayos clínicos y estudios posautorización prospectivos con medicamentosy productos sanitarios.