Articulo 157 Medidas Fisc...eneralitat

Articulo 157 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2013 de la Generalitat

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Artículo 157

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Se modifica el artículo 38, de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias, que queda redactado como sigue:

«Artículo 38. El personal técnico de protección y de gestión del medio natural de la Generalitat

1. El personal técnico de protección y de gestión del medio natural de la Generalitat lo constituyen los técnicos forestales y los agentes medioambientales pertenecientes a la conselleria competente en materia de medio ambiente.

2. Las funciones de este personal en materia de emergencias serán las que vengan determinadas en la correspondiente planificación frente a emergencias e incendios forestales.

3. Corresponde a la conselleria competente en materia de medio ambiente la regulación reglamentaria de la estructura, funcionamiento y organización de este servicio, siguiendo los principios marcados en la presente ley y en el resto de legislación de aplicación.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014