Articulo 156 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 156.- Afectación.
Vigente
La gestión de la tasa por la realización de los servicios administrativos para la calificación ambiental de actividades clasificadas corresponde al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a cuyo presupuesto se afectará la recaudación derivada de la misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014