Articulo 155 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 155 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca

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Artículo 155. Ejecución de las obras de urbanización

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1. Las bases de actuación han de establecer los criterios para la selección de las empresas contratistas que garanticen la adjudicación en las mejores condiciones para la comunidad de reparcelación desde el punto de vista técnico y económico.

2. En los contratos que se suscriban para la realización de las obras de urbanización se han de garantizar, en todo caso, las facultades de vigilancia de la administración actuante.

3. Una vez aprobado el proyecto de reparcelación, la junta de compensación está facultada para ocupar y poner a disposición de las empresas urbanizadoras los terrenos necesarios para ejecutar las obras de urbanización.