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Articulo 154 Actividad física y deporte de Euskadi

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Artículo 154. Naturaleza.

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1.- El Comité Vasco de Justicia Deportiva es el órgano administrativo superior en materia de justicia deportiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2.- El Comité Vasco de Justicia Deportiva, adscrito orgánicamente al departamento de la Administración general de la Comunidad Autónoma con competencia en materia deportiva, actúa con total independencia de aquel y decide en última instancia administrativa sobre las cuestiones de su competencia.