Articulo 152 Patentes -Derogada-

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ARTICULO 152

Vigente

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1. La protección del modelo de utilidad atribuye a su titular los mismos derechos que la patente de invención.

2. La duración de la protección de los modelos de utilidad es de diez años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

3. No podrán otorgarse adiciones a los modelos de utilidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-1986 en vigor desde 26-06-1986