Articulo 152 Organización...Autonómico

Articulo 152 Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 152. Extinción y efectos de la resolución de los convenios.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los convenios se extinguirán por las causas y su resolución producirá los efectos que se prevén en la legislación básica estatal, en el propio convenio o en las leyes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2021 en vigor desde 02-10-2021