Articulo 1501 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 150-1.- Bonificación de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.
Vigente
Los contribuyentes de este impuesto que sean titulares del patrimonio protegido regulado en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad, podrán aplicarse una bonificación del 99 por 100 en la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a los bienes o derechos incluidos en dicho patrimonio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014