Articulo 150 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 150.
Vigente
Si se advirtiese algún error en las plazas anunciadas en el concurso, se iniciará de nuevo el plazo de quince días para la presentación de nuevas instancias, que afectará únicamente a la plaza o plazas rectificadas.
Dicho plazo comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la corrección.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011