Articulo 150 Impulso para la sostenibilidad del territorio
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 150. Inspección Autonómica.
Vigente
El desempeño de las funciones inspectoras y de disciplina territorial y urbanística que sean competencia de la Junta de Andalucía corresponde al personal funcionario de los Cuerpos de Inspección y Subinspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, cuya organización y funciones se regulará por lo previsto en su normativa específica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-12-2021 en vigor desde 23-12-2021