Articulo 15 TR. Ley reguladora de los residuos
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»Artículo 15. Valorización energética
Vigente
Para la utilización de los residuos como fuente de energía, se pueden adoptar las medidas siguientes:
a) La preparación de los residuos con el fin de facilitar el uso y la comercialización como combustible.
b) La promoción de las técnicas y los sistemas de aprovechamiento energético de los residuos.
c) Otras acciones dirigidas a utilizar los residuos como fuente de energía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-07-2009 en vigor desde 29-07-2009