Articulo 15 Texto actuali... Petróleo-

Articulo 15 Texto actualizado de la Ley 5/1986 -Impuesto Especial sobre Combustibles Derivados del Petróleo-

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Artículo 15.- Infracciones y sanciones. Régimen General.

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El régimen de infracciones y sanciones en materia de la presente Ley se regirá por la Ley General Tributaria y por las siguientes normas:

a) El incumplimiento de la obligación de repercutir se calificará como infracción tributaria simple sancionable con multa de 6,00 a 6.010,00 euros.

b) Para la graduación de las sanciones a imponer por infracciones tributarias graves, se considerará el hecho de haberse cometido la infracción mediante el quebrantamiento de las normas de intervención o control.

c) La comisión repetida de infracciones tributarias graves podrá sancionarse, además con el cierre temporal, por un período de un año, o definitivo de las instalaciones que se impondrá por la Consejería de Hacienda o el Gobierno, respectivamente.

d) El incumplimiento de las obligaciones que se establezcan en relación con el funcionamiento de los depósitos fiscales podrá ser sancionado, mediante Ley, con la revocación de la autorización de dichos depósitos.