Articulo 15 Tasas y Preci...-Derogada-

Articulo 15 Tasas y Precios Públicos de Navarra -Derogada-

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Artículo 15. Devoluciones.

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Procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.

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  • Texto Original. Publicado el 30-03-2001 en vigor desde 01-04-2001