Articulo 15 Sistema Canario de Seguridad y Emergencias
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»Artículo 15. Comisión Canaria de Seguridad Pública.
Vigente
1. La Comisión Canaria de Seguridad Pública es una Comisión Interdepartamental del Gobierno de Canarias y el máximo órgano de coordinación de las políticas de seguridad, sin perjuicio de las competencias del Estado.
2. Su composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-04-2007 en vigor desde 19-04-2007