Articulo 15 regula el Sis...e Justicia

Articulo 15 regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administracion de Justicia

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Artículo 15. Seguridad de los datos.

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Se aplicarán a los datos de carácter personal contenidos en el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia las medidas de seguridad que correspondan, de conformidad con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-02-2009 en vigor desde 08-02-2009