Articulo 15 Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
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Artículo 15. Listas de Admitidos y Excluidos.

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1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, o aquella en que hubiese delegado, dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días para subsanación de defectos y reclamaciones.

2. En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones.

En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de actuación de los aspirantes, que se establecerá por sorteo. Las listas provisional y definitiva, deberán ponerse de manifiesto, en todo caso en la Consejería de Presidencia y Trabajo, y en los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura.

3. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Diario Oficial de Extremadura, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-01-1996 en vigor desde 03-01-1996